Con el Decreto Legislativo 81 de 12/06/2025, se volvió a proponer lo siguiente, de forma casi similar a la de la primera edición e ilustrada en la circular de 18 de noviembre de 2024 que figura a continuación Acuerdo Preventivo Bienal para los ejercicios fiscales 2025 y 2026 y ss.
Quienes opten por la aplicación del CPB para 2025-2026 también tendrán la opción de adherirse al arrepentimiento especial (una especie de "escudo fiscal"), que permite al regularización de las anualidades de 2019 a 2023con protección, por tanto, frente a las liquidaciones correspondientes a esos periodos impositivos mediante el pago de un impuesto sustitutivo reducido.
Quedando a su disposición para cualquier duda o solicitud de aclaración, aprovechamos la ocasión para saludarles muy atentamente.