El artículo 4, apartado 7, del Decreto Legislativo nº 196/2021 prevé el reconocimiento de una contribución, en forma de crédito fiscal hasta un límite máximo de 3 millones de euros para 2022, 2023 y 2024, a favor de las empresas que adquieran y utilicen productos reutilizables, biodegradables o compostables como alternativa al uso de plástico de un solo uso.
La subvención se concede en forma de crédito fiscal y va dirigida a las empresas que
- están activas;
- no están sujetos a sanciones de inhabilitación;
- no tengan motivos de prohibición, inhabilitación o suspensión en virtud del artículo 67 del Decreto Legislativo nº 159/2011;
- no se encuentran en estado de liquidación, ni han sido objeto de un procedimiento de quiebra a efectos de liquidación;
- estén afiliados al régimen de seguro general obligatorio o similar.
Serán subvencionables los gastos efectivamente realizados en 2022, 2023 y 2024, efectuados con métodos trazables y localizables en la cuenta corriente de la empresa, para la adquisición de productos reutilizables de material biodegradable y/o compostable, certificados conforme a la norma UNI EN 13432:2002.
La deducción en cuestión, reconocida en la cuantía máxima de 20% de los gastos realizados y documentados hasta un importe máximo de 10.000,00 euros previa presentación de una solicitud específica ante la MASE, no contribuye a la formación de la renta de la empresa ni a la base imponible del IRAP y sólo puede ser utilizada mediante compensación a través del mod. F24.
La realización efectiva de los gastos debe acreditarse mediante un certificado expedido de conformidad con el Decreto Presidencial nº 445/2000 por un censor jurado de cuentas, un auditor u otro profesional cualificado.
Quedando a su disposición para cualquier duda o solicitud de aclaración, aprovechamos la ocasión para saludarles muy atentamente.