Me gustaría señalar a todos los clientes que el Decreto-Ley nº 146 de 21.10.2021, en relación con los trabajadores autónomos ocasionales, ha previsto la obligación de notificación previa a la Inspección de Trabajo territorialmente competente, mediante SMS o correo electrónico.
A la espera de nuevas orientaciones de la Inspección de Trabajo, es posible realizar la comunicación mediante:
- PEC por correo electrónico a la dirección intermittenti@pec.lavoro.gov.it;
- correo electrónico ordinario a la dirección ITL.Roma.occasionali@ispettorato.gov.it;
- SMS al número: 339-9942256.
La comunicación debe indicar:
- datos del mandante y del proveedor;
- lugar de ejecución;
- breve descripción de la actividad;
- fecha de inicio de la prestación y plazo presumible en el que la obra o servicio puede considerarse finalizado (por ejemplo, 1 día, 1 semana, 1 mes);
- importe de la tasa.
Se supone que, al igual que en el caso de los intermitentes, el uso de SMS sólo es posible para servicios que comiencen a más tardar 12 horas después de la comunicación (y pueden terminar incluso después de 12 horas desde la comunicación).
Me gustaría señalar a todos que, en caso de incumplimiento de la nueva obligación, se aplicará una sanción administrativa que oscilará entre 500,00 y 2.500,00 euros en relación con cada trabajador autónomo ocasional cuya notificación previa se haya omitido o retrasado.